En el caso del enlace legal es una exigencia fuertemente marcada que puede incluir exámenes para corroborar que el casamiento no sea por dinero y con el fin de adquirir una ciudadanía. Esto convierte a la boda civil en un intrincado desafío legal lleno de trámites y adherezos burocráticos necesarios.
Cuando se trata de la boda por Iglesia puede resultar mucho más sencillo, en especial si se acude a alguna parroquia de un pueblo, donde los padres son mucho más accesibles que en las grandes catedrales.
De todas formas, si no puedes conseguir realizar la boda con certificado y todos los requisitos pertinentes no es para nada dificultoso conseguir una bendición de algún párroco. Cuando ambos miembros de la pareja están en una situación ilegal de ciudadanía es obvio que casarse no es una posibilidad, aunque eso no otorgue ciudadanía a ninguno de los dos.
De la misma forma, casarse por Iglesia tampoco es una posibilidad, ya que casi ninguna religión permite el casamiento de dos personas sin ciudadanía en territorio español. Principalmente esto se debe a la imposibilidad de corroborar la condición religiosa de la persona, desconociendo además si se ha bautizado o ha practicado alguna vez la religión. La situación legal con respecto a denuncias en su contra o pedido de captura tampoco puede ser corroborada, por lo que no es permitido realizar la ceremonia de enlace.
















